SITUACIÓN ACTUAL DEL TERRENO DEL BASE - COLONIA SUIZA - BARILOCHE

El terreno donde durante tantos años el CAMPAMENTO ANDINO RAGGIO y que para todos nosotros fue, es y será NUESTRO BASE; y hoy está atravesando una situación que nos angustia y nos produce un profundo dolor.

Hace ya unos cuantos años algunos integrantes de las familias RIVAS-GOYE (ver DEMANDADOS) decidieron intrusar la cabaña que tanto nos costó levantar, y no era la primera, sino que esta era la segunda que a lo largo de los más de 60 años de CAMPAMENTO realizamos con nuestras manos y fundamentalmente con nuestro corazón.

Ese terreno, propiedad del ESTADO NACIONAL y administrado por el EJÉRCITO ARGENTINO, lo sentimos como nuestro y si bien fue el EJÉRCITO a través de diversos mecanismos el que nos autorizaba su uso, no podemos dejar de considerarlo como “nuestro lugar en el mundo”. Pero un día los DEMANDADOS decidieron que era de ellos, intrusaron el terreno, y no solo se apropiaron de nuestra cabaña, y una vez con todo en su poder nos preguntaron que destino le queríamos dar a nuestras carpas, nuestros kayaks, nuestros libros; es decir a todas nuestras cosas. Entendimos en ese momento que retirarlas era un poco ceder ante la usurpación; por lo cual se hizo un inventario y todo eso se encuentra bajo custodia de RIVAS y su familia. Agravando todo lo anterior en los últimos años el CAMPAMENTO debía abonarle a OSVALDO RIVAS el canon que él determinaba para que nosotros nos establezcamos en un lugar y en unas instalaciones que hicimos con nuestras propias manos y con nuestro propio esfuerzo. Cada vez que vemos alguna imagen del estado actual del BASE; observamos que llevaron y llevan a cabo un proceso de destrucción de lo nuestro y del entorno que tan arraigado tenemos en nuestro recuerdo. El EJÉRCITO ARGENTINO reclama mediante un juicio (Causa 41011508-2005) en el JUZGADO FEDERAL DE BARILOCHE el uso y la ocupación indebida del LOTE PASTORIL 86, lugar donde se encuentra ubicado el BASE y logra después de algunos años que el Juez Dr. LEONIDAS MOLDES el 10 de agosto del 2010, ordene el desalojo del mismo.

PDF\2010-08-10_Desalojo.pdf

Los demandados entonces apelan este fallo en la CÁMARA FEDERAL DE GRAL. ROCA (Río Negro), comienza entonces la Causa FGR 71000078/2009 y logran que en fallo divido los tres jueces que componen este tribunal revoquen el fallo en primera instancia, esta sentencia ocurre el día 10 de diciembre de 2014. Los jueces que fallaron de esa manera son los Dres.: RICHARD FERNANDO GALLEGO y Ricardo Guido BARREIRO; el tercer juez de este tribunal, el Dr. MARIANO ROBERTO LOZANO vota en disidencia con los anteriores reafirmando el fallo en primera instancia del Dr. MOLDES
PDF\2014-12-10 _Camara_Gral_Roca_revoca_fallo_Primera_Instancia.pdf
Ante esta situación el EJÉRCITO ARGENTINO presenta un RECURSO EXTRAORDINARIO DE QUEJA ante el mismo Tribunal; el día 20 de mayo de 2015, esta presentación es rechazada por los Dres. LOZANO y GALLEGO), mientras que el Dr. BARREIRO no suscribe dicha sentencia (Acordada 9/92).
PDF\2015-05-20_Camara_Federal_Rio_Negro_Rechaza_Recurso_Queja.pdf
Una nueva apelación entonces es presentada por el Ejército, está vez ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación; la misma luego de analizar lo actuado hasta ese momento pide OPINIÓN de la Procuración General de la Nación y está última se expide el 26 de mayo de 2017 diciendo que corresponde hacer lugar al Recurso Extraordinario de QUEJA presentado por el Ejército y además que se dicte un nuevo fallo.
PDF\2017-05-26 _Dictamen_Procuracion_FGR_71000078_2009.pdf
Finalmente, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA coincide con la opinión de la PROCURACIÓN GENERAL y se expide y mediante el fallo de fecha 30 de julio de 2020; en este ordena a la Cámara de Río Negro que la causa vuelva al tribunal de origen y que se dicte una nueva sentencia conforme a esta ACORDADA.
PDF\2020-07-30_CSJ_Acepta_Recurso_de_Queja.pdf
Una vez de vuelta la causa a la Cámara Federal de General Roca; está se EXCUSA mediante el fallo de los Dres. LOZANO y GALLEGO, con fecha 2 de octubre de 2020; quienes solicitan se designe un NUEVO TRIBUNAL para la resolución de este juicio de DESALOJO. 
PDF\2020-10-02_CGR_Se excusa_pide_nuevo_tribunal.pdf
Con la misma fecha que la anterior, la Cámara con la firma de su presidente el Dr. GALLEGO, dictamina la conformación del NUEVO TRIBUNAL; este debe ser conformado (según el fallo) por jueces que no hayan intervenido en las presentes actuaciones

PDF\2020-10-16_Providencia_designación_jueces.pdf

PDF\2020-10-16_Acta_sorteo_jueces.pdf
Se sortea el día 15 de octubre de 2020, la conformación del NUEVO TRIBUNAL y este resulta que será conformado por los siguiente JUZGADOS FEDERALES: Con fecha 25 de abril de 2022, las Dras. MARÍA SILVINA DOMINGUEZ y MARÍA CAROLINA PANDOLFI fallan finalmente en la causa, dejando constancia que el Dr. ERNESTO PEDRO SEBASTIÁN no interviene en el presente por haber sido designado Juez de Cámara del Tribunal Oral en lo Criminal de Bahía Blanca (Decreto 90/2021). La misma se publica como: SENTENCIA DEFINITIVA -REIVINDICACIÓN- BIEN DE DOMINIO PÚBLICO DEL ESTADO NACIONAL – CAUSA DE LA POSESIÓN – 25/04/2022, y determinan: I. Rechazar el recurso interpuesto por los codemandados, con costas;

II. Regular los honorarios profesionales del modo consignado en el considerando IV del primer voto ….

https://fundacioncampamentoandinoraggio.org/wp-content/uploads/2022/04/CONFIRMA-DESALOJO-2.pdf

Así dadas las cosas, estamos ante la espera de como la JUSTICIA implementará el LANZAMIENTO que oportunamente solicitara el Dr. LEONIDAS MOLDES y como el EJÉRCITO ARGENTINO ejecutará los pasos a seguir para la recuperación del bien. La FUNDACIÓN está en permanente contacto con las AUTORIDADES competentes con las cuales tenemos un fluida relación. Finalmente debemos decir que desde 2016 un grupo de ex-acampantes, varios de los cuales finalmente conformamos la FUNDACIÓN CAMPAMENTO ANDINO RAGGIO; nos propusimos involucrarnos firmemente en la recuperación de NUESTRO BASE y lograr como mínimo la CESIÓN DE DERECHO DE USO que alguna vez consiguiera nuestro querido MAESTRO DE LA VIDA DON CASIANO RODRÍGUEZ, para nosotros simplemente DONCA. En el mismo año, a pesar que la FUNDACIÓN no contaba con PERSONERÍA JURÍDICA, siete de nosotros por DERECHO PROPIO con el patrocinio de la Dra. CLAUDIA FERRONI, el 2 de junio de 2016 nos presentamos ante la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, con copia al ESTADO MAYOR DEL EJÉRCITO y al MINISTERIO DE DEFENSA, y ofrecimos todo el material histórico, fotográfico y fílmico de nuestra presencia en el BASE; sabíamos que no éramos parte de la Causa; pero llevamos a la JUSTICIA NUESTRA VERDAD y NUESTRA HISTORIA de más de 60 años a orillas del LAGO MORENO.

PDF\2016-06-02_Presentacion_CSJN.pdf

Nuestra presentación fue rechazada por “no formar parte de las presentes actuaciones”; de todas maneras, seguimos adelante solicitando y obteniendo audiencias para plantear nuestra historia ante la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (número de trámite 2019-17628981-APN-DNSIYAC#AABE) y ante la DIRECCIÓN DE INGENIEROS E INFRAESTRUCTURA DEL EJÉRCITO (responsable de los bienes inmuebles administrados por el EJÉRCITO ARGENTINO). En este punto es muy importante destacar el apoyo recibido por parte del RECTOR de las ESCUELAS TÉCNICAS RAGGIO Profesor LUIS VIOLA quien en forma conjunta con el DOCENTE A CARGO del CAMPAMENTO ANDINO RAGGIO Profesor FERNANDO DURAN; firmó, acompañó y avaló todo nuestro reclamo. En estos lugares en más de una oportunidad hemos sido recibidos y escuchados, llegando a lograr avances muy significativos; siempre condicionados a la resolución de la CAUSA DE DESALOJO que en este documento tratamos de explicar de la mejor manera posible y que mantendremos actualizado cuando se publiquen novedades OFICIALES de determinaciones de la JUSTICIA. La lucha por la recuperación de NUESTRO BASE es inclaudicable y es un tema que día tras día, reunión tras reunión aparece una y otra vez; es una causa que nos une y necesitamos la fuerza del empuje de todos los EXACAMPANTES que formamos el CAMPAMENTO ANDINO RAGGIO y que como dice nuestra canción “dejamos un pedazo del corazón cuando dejamos el Moreno”. Carátula: ESTADO NACIONAL C/ RIVAS OSVALDO Y OTROS Y OTROS S/CIVIL Y COMERCIAL-VARIOS     PARTES INTERVINIENTES :
TIPO NOMBRE (volver al inicio)
ACTOR ESTADO NACIONAL
LETRADO APODERADO MARISA DE LAS MERCEDES CARUSO
LETRADO APODERADO JORGE CESAR PIO PAOLINELLI
LETRADO APODERADO SILVIA CRISTINA VAZQUEZ
DEMANDADO GOYE NESTOR RUBEN
LETRADO PATROCINANTE ROBERT ANDREW EILETZ
LETRADO PATROCINANTE HERNAN EDGARDO ETCHEVERRY
DEMANDADO GOYE NORA
LETRADO PATROCINANTE HERNAN EDGARDO ETCHEVERRY
LETRADO PATROCINANTE ROBERT ANDREW EILETZ
DEMANDADO RIVAS OSVALDO Y OTROS
LETRADO PATROCINANTE HERNAN EDGARDO ETCHEVERRY
LETRADO PATROCINANTE ALEJANDRO MIGUEL WICKHAM
LETRADO PATROCINANTE ROBERT ANDREW EILETZ
Toda la información contenida en el presente informe se puede encontrar y consultar en la página web del Poder Judicial de la Nación http://scw.pjn.gov.ar/scw/home.seam, las causas son las: 41011508/2005 y FGR 071000078/2009/1.

Novedades de nuestro base al 24 de Junio de 2022

El Estado Nacional a través de la Dra. J.C. Vázquez, solicitó se intime a los demandados a desalojar el inmueble y la jueza M. Silvina Domínguez dispuso que en el plazo de 60 días, las tierras ilegalmente ocupadas por el Sr. Osvaldo Rivas y otros, deben ser desocupadas